El artículo 3.1 del citado Real Decreto 434/1988 establece que es competencia del Jefe de la Casa de S.M. el Rey aprobar las cuentas anuales correspondientes a cada ejercicio.
Los “Criterios de actuación de los miembros de La Familia Real y de las actividades de la Casa de S.M. el Rey”, de fecha 28 de julio de 2014, determinan en su apartado 2.6 que “Sin perjuicio de dar cumplimiento a las obligaciones que disponga la Ley en esta materia, se presentarán y publicarán anualmente las Cuentas de la Casa de S.M. el Rey, acompañadas del Informe de Auditoría externo y una Memoria de las actividades institucionales desarrolladas por la Familia Real.”
Con fecha 30 de mayo de 2019, la Casa de S.M. el Rey suscribió un convenio de colaboración con la Administración General del Estado (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, Intervención General de la Administración del Estado (IGAE)), que declaró extinguido el anterior convenio suscrito entre las partes el 18 de septiembre de 2014 y cuya cláusula primera estipula que la IGAE efectuará anualmente la auditoria de las cuentas anuales formuladas por la Casa de S.M. el Rey, marco en el cual se ha auditado el ejercicio 2020.