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INFORME
que emite el Interventor de la Casa de Su Majestad el Rey
sobre la ejecución del presupuesto de la Casa de Su Majestad
DEL EJERCICIO ECONÓMICO DE 2013
 
I) El Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre reestructuración de la Casa de S.M. el Rey dispone en el artículo 3.3 que tras la liquidación de cada ejercicio económico, el Interventor ha de elevar al Jefe de la Casa un informe resumen de los emitidos durante el año, expresivo del grado de eficacia lograda en su actividad de control.
En consecuencia, el Interventor que suscribe emite en el plazo legalmente previsto el correspondiente informe resumen respecto de la ejecución del presupuesto de la Casa durante el año 2013.
II) A los efectos indicados, la Intervención, para comprobar la adecuación a las previsiones presupuestarias de los gastos habidos durante el referido ejercicio ha ejercido su función fiscalizadora, como en años anteriores, en forma constante y pormenorizada a lo largo del año sobre los datos y actuaciones resultantes de la gestión económica.
Para ello ha utilizado la siguiente sistemática:
  • Ha empleado de forma constante la técnica de fiscalización previa completa respecto de todos los gastos.
  • Ha practicado auditorías periódicas.
  • Ha mantenido un seguimiento permanente de las anotaciones contables.
Las comprobaciones derivadas de las auditorías practicadas han quedado plasmadas en extensos y detallados informes trimestrales.
III) El ámbito económico sobre el que se ha actuado se encuentra delimitado por la cuantía de la dotación global a que se refiere el artículo 65.1 CE.
IV) La dotación global aprobada en los Presupuestos Generales del Estado ascendió a 7.933.710 euros. Esa cifra es el resultado de los ajustes que se han ido produciendo durante los años precedentes, que, tras sucesivas reducciones, ya determinaron que en el año 2012 se hubiera consignado una cantidad inicial de 8.264.280 euros, que posteriormente quedó reducida a 8.160.280 euros, en aplicación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, publicado en el Boletín Oficial de Estado número 168, de fecha 14 de julio
La dotación de 2013 fue íntegramente librada por el Tesoro, en cuartas partes, por trimestres anticipados, en cuatro cifras de 1.983.428, 1.983.428, 1.983.428 y 1.493.430 euros.
Por eso, cada mensualidad ha dispuesto de una dotación proporcional de 661.142,50 euros de valor promedio, con lo que se han logrado afrontar todas las obligaciones de la Casa sin que se hayan llegado a producir problemas de liquidez.
La dotación resultante se ha aplicado por Capítulos de la siguiente manera:
CAPÍTULO CRÉDITO INICIAL MODIFICACIÓN DE CRÉDITO CRÉDITO DEFINITI
FAMILIA REAL 699.128 699.128
GASTOS DE PERSONAL 3.870.000 3.870.000
GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIO 3.218.000 -38.000 3.180.000
FONDO DE CONTINGENCIA 96.582 -96.582 0
INVERSIONES REALES 50.000 +134.582 184.582
TOTAL € 7.933.710 7.933.710
V) De las comprobaciones realizadas, la Intervención deduce que los datos referentes a los gastos producidos se adecuan correctamente a las previsiones presupuestarias preestablecidas y se corresponden con la realidad operativa desempeñada por el Departamento "Administración, Infraestructura y Servicios" (AIS), de la que son su consecuencia.
A) En resumen, las actuaciones desempeñadas muestran a fin de año 2013 los siguientes resultados:
CAPÍTULO CRÉDITO DEFINITIVO CRÉDITO EJECUTADO
FAMILIA REAL 699.128 699.128
GASTOS DE PERSONAL 3.870.000 3.864.073
GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS 3.180.000 3.162.366
FONDO DE CONTINGENCIA 0 0
INVERSIONES REALES 184.582 184.199
TOTAL 7.933.710 7.909.767
Por lo que, en definitiva, en 2013 se ha producido una economía de 23.943 euros.
B) La fiscalización se ha realizado mes a mes, respecto de las cifras presupuestadas por conceptos para atender las atenciones de las siguientes autoridades y personal:
  • Su Majestad el Rey, Su Majestad la Reina y Sus Altezas Reales los Príncipes de Asturias, así como Su Alteza la Infanta D.ª Elena
  • Tres cargos de Alta Dirección
  • Ocho cargos de Dirección;
  • El personal regulado en el Real Decreto-ley 6/1976, de 16 de junio;
  • El personal laboral.
  • Las compensaciones económicas y gratificaciones satisfechas al personal colaborador.
  • Las retribuciones devengadas en concepto de “comisión de servicio”.
C) En su relación, con cargo a la misma cifra, también se ha comprobado la legalidad y justeza de las retenciones por IRPF, derechos pasivos y prestaciones sociales, que han sido ingresadas, en tiempo y forma, en las Instituciones acreedoras (Hacienda Pública y Seguridad Social).
D) La fiscalización previa del gasto respecto de las operaciones correspondientes al Capítulo segundo (sobre “gastos corrientes en bienes y servicios”) y al Capitulo sexto (sobre “inversiones reales”) tampoco han planteado especiales dificultades, dado lo ajustado de los importes y la previsibilidad de las operaciones.
E) Más laboriosas han sido las auditorías giradas para comprobar la adecuación de las operaciones correspondientes a la materialización de tales gastos y de la gestión económica y contable. Tales auditorías se han proyectado y concretado de forma completa y omnicomprensiva respecto de todo el ámbito económico, por lo que se han aplicado también sobre arqueos de caja, cuentas corrientes bancarias, ejecución del presupuesto, evolución de la dotación presupuestaria, situación de deudores y acreedores, situación y evolución de la liquidez.
La comprobación de las facturas y los diversos justificantes se ha realizado en dos fases:
1.ª) En todos los casos, mediante fiscalización previa al reconocimiento de la obligación, con especial atención en cuanto a los justificantes no habituales de vencimientos no periódicos; y
2.ª) Mediante detenidos muestreos pormenorizados (respecto de esos mismos documentos y de los no incluidos en la regla anterior), examinando los libramientos elegidos, mes a mes, sobre asientos contabilizados en el Libro Diario. Por tanto, las muestras han sido tomadas por combinación de criterios exhaustivos, por un lado, y por otro, objetivos en la aleatoriedad de percepción y selección aislada, siguiendo pautas secuenciales, en función de la cuantía o de la naturaleza de cada gasto. En todos los casos, se ha observado que las justificaciones documentales son correctas, así como las imputaciones contables de los respectivos libramientos. Estos y su documentación complementaria aparecen debidamente archivados, conforme a una sistemática sencilla y clara que permite su rápida localización.
 
CONCLUSIONES:
El Interventor que suscribe (que ha desempeñado sus funciones sin dificultades, pues ha contado en todo momento con la colaboración y buena disposición del personal encargado de la gestión económica) deduce las siguientes conclusiones:
1.ª) La fiscalización previa se ha llevado a cabo sobre todas las operaciones sin dificultad alguna.
2.ª) Con fundamento en las auditorías realizadas por la Intervención, se ha comprobado que las operaciones desarrolladas se ajustan a los gastos autorizados y están correctamente documentadas y contabilizadas, tanto en cuanto a las cifras globales, como a las presupuestariamente pormenorizadas por conceptos.
3.ª) Los arqueos realizados y las comprobaciones documentales de movimientos bancarios no han puesto de relieve la existencia de anomalías.
4.ª) Las retenciones por IRPF, derechos pasivos y prestaciones sociales, han sido ingresadas, en tiempo y forma, en las Instituciones acreedoras (Hacienda Pública y Seguridad Social).
5.ª)La economía conseguida lo ha sido como resultado del considerable esfuerzo mantenido cuidadosamente durante todo el año en cuanto a la austeridad del gasto.
 
 
Palacio de La Zarzuela, a 27 de enero de 2014.
El Interventor de la Casa de Su Majestad el Rey
Memoria 2013
 
Óscar Moreno Gil
 
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