on Juan Carlos recibió al Pleno del Consejo Superior de Cámaras de Comercio, encabezado por su presidente, Manuel Teruel. Acudieron al Palacio de La Zarzuela acompañados por la directora general de Comercio Interior del Ministerio de Economía y Competitividad, Carmen Cárdeno, y por el presidente de la
La Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España son corporaciones de derecho público que realizan funciones de carácter consultivo y de colaboración con las Administraciones Públicas en todo aquello que tenga relación con la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria, la navegación y los servicios, así como la prestación de servicios a las empresas que ejerzan las indicadas actividades.
El Consejo Superior de Cámaras de Comercio, a partir de ahora Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, es el órgano que asume la representación a nivel nacional e internacional de las 88 Cámaras de Comercio, y es el único interlocutor válido ante los órganos de la Administración del Estado. Coordina las actuaciones de las Cámaras, fomenta la relación entre ellas y elabora la posición de las Cámaras de Comercio ante la Administración, a partir de la información que, a través de la red cameral, transmiten las empresas. A partir de ahora estará integrada por representantes de las Cámaras de Comercio de las Comunidades Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, las grandes empresas de mayor contribución, las organizaciones empresariales y de autónomos, los Ministerios por razón de la competencia y las Federaciones de las Cámaras Oficiales españolas en el extranjero, y será el organismo de representación, relación y coordinación de las mismas.
Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España están sujetas, en el ejercicio de su actividad, a la tutela de la Administración General de Estado o a la de las comunidades autónomas, en caso de que éstas hayan asumido la competencia en sus estatutos. Le corresponde a la Administración del Estado la tutela de las actividades relativas al comercio exterior.