on Felipe y Doña Letizia han presidido el acto de celebración del 1.200 aniversario del Fuero de Brañosera (Palencia). Esta localidad palentina está considerada el primer municipio de España por su Carta Puebla.
Este acto, en el marco de las actividades programadas por el X aniversario de la Proclamación de Su Majestad el Rey, y organizado por la Junta de Castilla y León, en colaboración con el Ayuntamiento de Brañosera y la Diputación de Palencia, tiene como objetivo reconocer la contribución del municipalismo a la configuración de la identidad colectiva, la cohesión territorial y la estructura institucional de España. También se pone de relieve su papel como elemento para avanzar en la igualdad de oportunidades y la prestación de servicios.
A su llegada Sus Majestades los Reyes fueron recibidos por el presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco; el presidente de las Cortes de Castilla y León, Carlos Pollán; el delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, Nicanor Sen; y el alcalde de Brañosera, Jesús María Mediavilla.
La visita comenzó con recorrido por la sede del ayuntamiento de Brañosera, donde en al Salón de Plenos, contemplaron una muestra de documentos con motivo del 1200º Aniversario del Fuero. Y tras firmar el libro de honor Don Felipe y Doña Letizia recibieron un facsímil del Fuero, una medalla conmemorativa y un pergamino.
Sus Majestades los Reyes se desplazaron desde el ayuntamiento de Brañosera al mirador del Argilo, donde se desarrolló el acto institucional, que comenzó con la intervención del alcalde de Brañosera, tras la que se interpretó el Himno: “Brañosera cuna del municipalismo”, creado por Luis Pedraza.
A continuación Sus Majestades los Reyes hicieron entrega de las distinciones de reconocimiento al municipalismo a la presidenta de la Federación Regional de Municipios y Provincias de Castilla y León y de la Diputación de Palencia, a la alcaldesa joven de la provincia de Palencia, al alcalde veterano de la provincia de Palencia, y al alcalde de Brañosera.
Tras la entrega Su Majestad el Rey destacó en su intervención que "del municipalismo se levanta la arquitectura de instituciones del estado contemporáneo: nuestra administración provincial, autonómica y central. Las instituciones, cuanto más amplias y complejas, más parecen alejarse del día a día de los ciudadanos. Pero en último extremo cumplen la misma función que la carta puebla del pueblo de Brañosera en el 824: son la garantía de nuestras libertades".
La historia de Brañosera arranca en la época prerromana. Íberos, y Celtas fueron los primeros habitantes de la Península Ibérica en esta etapa, y los que le dieron nombre. Más tarde llegaron los romanos y la denominaron Hispania, para que finalmente los musulmanes la ocuparan durante siete siglos. Pues durante esa época, más concretamente en el año 824, y dentro de un Parque Natural, nacía la Brañosera, situado en plena Montaña Palentina, y que está reconocido con el título de ser el pueblo más antiguo de España.
El Fuero de Brañosera
La Carta de Repoblación conocida como “El Fuero de Brañosera”, otorgada en el año 824 por los condes Munio Núñez y Argilo, está considerada el primer fuero municipal de la historia de España y uno de los primeros documentos de autogobierno local en Europa. Fue concedido a un grupo de pobladores asentados en la zona de Brañosera, en un contexto histórico marcado por la repoblación de territorios en la vertiente sur de la Cordillera Cantábrica, en el marco de la expansión del Reino de Asturias.
Los condes, representantes del poder condal del reino astur-leonés, ofrecieron a estos repobladores un conjunto de normas y privilegios que regulaban la organización de la comunidad. El objetivo era facilitar el arraigo en un territorio estratégico y asegurar su defensa frente a incursiones, al tiempo que se garantizaban mecanismos de justicia y cohesión social.
Aunque el texto original no se conserva en su forma primitiva, ha llegado hasta nosotros a través de recopilaciones medievales como el Becerro Gótico de Cardeña. El Fuero de Brañosera establece una serie de normas consuetudinarias adaptadas al entorno rural y de montaña en el que se desarrolló la comunidad.
Entre sus disposiciones destacan:
- La delimitación de los términos comunales y el reconocimiento del derecho de propiedad.
- El establecimiento de normas de convivencia entre los vecinos (los fueros o usos).
- La regulación de las cargas y tributos a pagar a la autoridad condal.
- La concesión del derecho a elegir un alcalde o juez local para administrar justicia entre los habitantes.
Este marco legal rudimentario no solo reconocía derechos, sino que también reforzaba el sentido de pertenencia y responsabilidad de los repobladores hacia su comunidad.
El Fuero de Brañosera es el acta fundacional del municipalismo hispánico. Supone el primer reconocimiento jurídico del derecho a la autogestión de una comunidad organizada, no solo como súbditos del poder central, sino como ciudadanos con deberes y derechos en un marco común. Esta estructura primigenia fue adoptada, adaptada y replicada en siglos posteriores en cientos de villas y ciudades de la península ibérica.
Además, el fuero representa el paso de una organización social basada en la autoridad directa del monarca o del noble, a otra basada en normas pactadas entre la autoridad y el pueblo.
Desde el punto de vista histórico y jurídico, el Fuero de Brañosera es una pieza clave para entender la evolución del derecho local en España. Precede a los grandes cuerpos legislativos municipales de la Edad Media —como el Fuero de León (1017), el de Jaca (1076) o el de Cuenca (cuya redacción data del siglo XII)— y marca el inicio de un proceso de articulación del territorio en pequeñas comunidades con autonomía funcional.
Su reconocimiento en estudios de historia del derecho y municipalismo ha sido creciente, y hoy en día se considera un hito del pensamiento político medieval, en tanto anticipa formas de gobernanza local basadas en la deliberación, la elección y la cooperación vecinal.